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Sillas de coche normativa

Las sillas de coches para bebés no sólo son importantes a la hora de conducir, sino que son obligatorias, ya que proporcionan mayor seguridad a los niños. Los accidentes de tráfico son la primera causa de muerte en niños menores de 14 años, y el uso de sistemas de retención infantil o sillas de bebés puede reducir las muertes en un 75% y las lesiones provenientes de accidentes de tráfico hasta en un 90%.

sillas infantiles medianaCumplir con este tipo de normas y con las sillas infantiles, no debería hacerse solamente con la finalidad de evitar multas, sino que debería usarse siempre que se viaja con niños y velar porque estén correctamente homologados, para salvaguardar la vida de los niños.

Actualmente existen dos normativas diferentes para sillas infantiles; en 2013 entró en vigor la normativa ECE R129 que también es conocida como i-Size, y desde 1982 existe la normativa ECE R44/04.

Existen algunas diferencias entre ambas normativas, por ejemplo: la ECE R44/04 clasifica las sillas infantiles por grupos donde el peso del bebé es lo más importante; mientras que en la normativa ECE R129 la clasificación es con respecto a la altura.

Se quiere lograr que en poco tiempo la única normativa vigente sea la ECE R129, con algunas mejoras y modificaciones, pero no se pronostica que esto pase antes de 2021. Por los momentos ésta se ha ido implementando en diferentes fases y aquí te las explicamos un poco mejor.

Primera fase: es la fase con la que se puso en vigencia la normativa en 2013. Afecta a las sillas infantiles que según la antigua calificación entran dentro de los grupos 0, 0+ y 1, pero que según la nueva llegan a los 105 cm. Estos sistemas de retención infantil deben instalarse obligatoriamente mediante el sistema Isofix. Una excepción a esta regla sería los portabebés para niños de 15 meses o 15 kg, de estar forma pudieran montarse con cinturón de seguridad, siempre y cuando esté permitido por el fabricante.

Las sillas que cumplen con la normativa i-Size tienen dos puntos de anclaje en la parte inferior y uno en la parte superior o una pata para proporcionar más estabilidad. Eso no quiere decir que sólo estas sillas lo tienen, también hay algunas que cumplen con la normativa ECE R44/04 que cuentan con estos sistemas.

Segunda fase: esta fase es para los niños más altos que 100 cm. Los elevadores deben tener un respaldo para sujetar bien al niño en caso de que se produzca un accidente. Solamente si el niño pasa los 125 cm estarán homologados y disponibles para su compra, los elevadores sin respaldo.

Tercera fase: en esta fase se quiere hacer una actualización con respecto a las sillas de la normativa ECE R44/04 que no tengan el anclaje Isofix. Es obligatorio colocar las sillas en contra marcha cuando los niños sean menores de 15 meses o de 80 cm de altura. Esto es para evitar lesiones graves en los niños, ya que alrededor del 25 – 30% del peso del niño, se encuentra en su cabeza y si viaja en sentido de la marcha y la colisión es frontal, el impacto lo reciben principalmente en la cabeza, cuello y hombros. En cambio, yendo en contramarcha, el impacto de reparte de forma más uniforme por el resto del cuerpo.

Normativas de la DGT para las sillas infantiles en 2019

Las normativas que mencionamos anteriormente tienen que ver más que nada con las sillas, sus fabricantes y los automóviles. Pero ahora queremos mencionar las normativas de la DGT sobre el viaje de los niños en coche, ya que éstas son independientes a las de la silla seleccionada, tienen que ver con códigos de circulación, los cuales hay que respetar para prevenir multas y por el bien y la seguridad de los niños.

La actual normativa de la DGT entró en vigor el 1 de octubre de 2015, y determina que cuando la altura del niño sea igual o menor que 135 cm, el sistema de retención infantil debe situarse obligatoriamente en los asientos posteriores del automóvil.

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Sin embargo, como toda regla, ésta también tiene sus excepciones:

  • Cuando los vehículos solamente tienen dos plazas y no hay asientos traseros.
  • Cuando los asientos traseros tienen otros menores con sillas infantiles que reúnen las mismas características.
  • Cuando no se puedan instalar en los asientos de atrás los SRI que necesitamos.

Si éstas son las condiciones y por ende el niño viaja en el asiento delantero, su silla debe estar homologada en peso y talla para que esto sea posible. Si el niño va en sentido de la marcha, el automóvil debe disponer de airbag frontal, pero si éste va en contramarcha, el airbag debería ser desactivado. Esto ocurre con los frontales ya que los laterales no tienen ningún problema.

A la hora de elegir un sistema de retención infantil, se deberían tener en cuenta algunos consejos:

  • No es posible colocar una silla i-Size en todos los coches que tengan anclaje Isofix. El vehículo debe tener la homologación que se requiere para poder utilizar este tipo de sillas. Esto se puede verificar en el manual del usuario u observando el símbolo que aparece junto al anclaje.
  • Cualquier silla de la normativa anterior, pero que tenga anclaje Isofix se puede acomodar a los coches que tengan anclaje i-Size.
  • No es necesario comprar la silla más cara del mercado, lo que importa es que ésta reúna las características necesarias.
  • Debe cumplir con la medida que indica la normativa actual.
  • Debe ser compatible con el vehículo y éste debe tener la homologación correspondiente.
  • Es mejor que sea de fácil instalación.
  • Que haya obtenido buenos resultados en los tests de impacto.

Adriana Grossmann - Departamento de Comunicación

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