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Preferencias en el paso de vehículos

En las intersecciones no reguladas por señales o semáforos, los conductores tienen la obligación de ceder el paso a todos aquellos vehículos que se aproximen por su derecha. 

Incorporación autoviaSin embargo el Reglamento General de Circulación establece ciertas excepciones al principio general, como son:

  • Tendrán preferencia de paso los vehículos que circulen por superficie asfaltado sobre los que circulen por una que no lo esté.
  • En las glorietas tendrán preferencia de paso los vehículos que circulen por su interior respecto de los que se incorporen.
  • Los que circulen por una autopista o autovía sobre los que vayan a incorporarse a la misma y circulen por un carril de aceleración.
  • Los que circulen por una vía de carácter público sobre los que accedan de una vía de uso privado.

En una cuesta ¿quién tiene preferencia, el que sube o el que baja?

Según el Código de circulación, en una cuesta, siempre que esta sea estrecha e impida el paso de dos vehículos al mismo tiempo por su debido carril, la preferencia la tiene el vehículo que sube, debiendo de ceder el paso el que baja, aminorando la marcha para evitar cualquier accidente.

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Etiquetas: código de circulación , Reglamento General de Circulación , intersecciones , ceder el paso , preferencia de paso , carril de aceleración , preferencia interseccion , preferencias de paso en estrechamientos , preferencias de paso en rotondas , preferencias de paso en cruces

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