El patinete eléctrico. Un nuevo elemento en la movilidad de las ciudades
Son muchas las grandes ciudades que empiezan a contar entre los elementos que intervienen en su movilidad, con los llamados vehículos de movilidad personal (VMP), o patinetes eléctricos.
Esta nueva forma de movilidad ha llegado para quedarse, o eso parece ser, por eso es muy importante cuáles son estos vehículos, cuál es la normativo alrededor de ellos y sus multas.
¿Qué son los Vehículos de Movilidad Personal (VMP)?
Los Vehículos de Movilidad Personal son patinetes, monopatines y otra serie de aparatos a los que se les ha incorporado un motor y que ayudan a las personas en sus desplazamientos. Según la DGT son “un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h”.
Cada día son más las personas que están utilizando los patinetes eléctricos como alternativa para moverse por la ciudad, provocando desconcierto entre el resto de los usuarios, peatones, conductores y ciclistas. Esta nueva movilidad nos obliga a plantear nuevas normativas reguladoras que resuelvan la convivencia entre todos los usuarios, y evite los riesgos que supone el compartir el espacio urbano entre todos.
La Dirección General de Tráfico (DGT), publicó una instrucción donde propone una serie de criterios relacionados con este tipo de vehículos, y traslada a los ayuntamientos la regulación de la circulación.
Tipos de VMP
La DGT incluye varios vehículos dentro de los Vehículos de Movilidad Personal, entre ellos:
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Patinetes eléctricos: siempre y cuando tengan una velocidad máxima de 25 km/h. Hay usuarios que han trucado los patinetes para darle más velocidad, esto es aparte de inseguro, ilegal.
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Scooter eléctricos: no puede superar los 25 km/h.
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Monociclos eléctricos: son aquellos que tienen una rueda grande con dos plataformas laterales para los pies del conductor.
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Segway: este es el VMP que muchas empresas de turismo utilizan para sus guías. Consta de una plataforma que sustenta al conductor, dos ruedas laterales y un manillar.
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Hoverboard: no disponen de manillar, el movimiento y la frenada se controlan con la inclinación de tu cuerpo.
Normativa de los VMP
Hoy en día son muchas las personas que usan estos vehículos para desplazarse. Sim embargo, no todos conocen su normativa, lo que está permitido y lo que no, sobre todo porque el uso de los patinetes suele ser usados por turistas, quienes no conocen la normativa de cada Ayuntamiento sobre la circulación de los VMP.
Cuando salieron estos vehículos no estaban claras las regulaciones de por dónde podían circular, pero en consecuencia a la gran cantidad de accidentes con VMP, especialmente con los patinetes, la DGT fijó las normas en el Manual de Características de los Vehículos de Movilidad Personal que recoge las características técnicas que deben cumplir estos vehículos. A continuación, un resumen de ellas:
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Por dónde pueden circular los VMP y por dónde no: está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Si no la hubiera, se permite la circulación por cualquier calzada urbana.
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Límites de velocidad: la velocidad de estos vehículos deberá estar entre 6 y 25 km/h.
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Alcoholemia en VMP: los conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
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Uso de dispositivos: está prohibido circular con auriculares puestos, hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras se conduce.
Los VMP al no considerarse vehículos a motor no requieren de autorización administrativa para circular, por lo que hasta que no haya una regulación definitiva no se podrá exigir al usuario estar en posesión de permiso o licencia de conducir. Tampoco se les obliga a contratar seguro, salvo que la autoridad local lo establezca en su regulación, solo será obligatorio un seguro de responsabilidad civil, si los vehículos de movilidad personal están destinados a realizar actividades turísticas o de ocio. Asimismo, pasa con el uso de los cascos, dependerá de la Ordenanza Municipal correspondiente. En Madrid, por ejemplo, sí es obligatorio el uso de casco en menores de 18 años.
Manual de características técnicas de los vehículos de movilidad personal
Clasificación de los Vehículos de Movilidad Personal
La DGT, hace la siguiente clasificación.
Fundación CEA recomienda consultar la normativa municipal y la utilización del casco, aunque no sea obligatorio en este tipo de vehículos.
Multas relacionadas a los patinetes eléctricos
El incumplimiento de estas normas conllevara a diferentes multas.
Multas por 100 euros:
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Transportar a más de una persona
Multas por 200 euros:
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Utilizar el móvil mientras se conduce
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Utilizar auriculares mientras se conduce
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Conducir por aceras y zonas peatonales, salvo aquellos municipios que lo permitan expresamente
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No utilizar cascos en aquellos municipios que sea obligatorios
Multa por 500 euros o más:
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Superar los 25 km/h
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Conducir habiendo consumido más alcohol del permitido (entre 500 y 1000 euros) e inmovilización del vehículo
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Conducir bajo el efecto de drogas, multa de 1000 euros e inmovilización del vehículo
¿Cuánto cuesta un seguro de patinete eléctrico?
La normativa en España no contempla la obligación de contratar un seguro para patinete, pero desde la Dirección General de Tráfico se está planteando que los titulares de los patinetes y bicicletas eléctricos tengan que contratar un seguro de responsabilidad civil que proteja a las terceras personas.
Ahora los seguros para los VMP están muy baratos y por solo 25 € puedes cubrir la responsabilidad civil y despreocuparte de las reclamaciones que puedas tener frente a terceros.
El precio del seguro va en función de las garantías contratas. Si solo cubres la responsabilidad civil y protección jurídica los encontraras por 25 €, pero si quieres incluir coberturas como daños personales o como daños al patinete el precio puede subir alrededor de los 60 € al año.
Maribel Muñoz Villas – Coordinadora Europea de Movilidad
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