Acceso Madrid Central – Madrid 360
Madrid Central es una zona de bajas emisiones con la que el Ayuntamiento de Madrid pretende reducir la emisión de gases contaminantes a la atmósfera, causantes entre otros, del cambio climático y de enfermedades que afectan a la población en general, además de descongestionar la zona centro de Madrid del intenso tráfico que venía sufriendo diariamente.
Al restringir el acceso de los vehículos a la zona centro de Madrid, ganan protagonismos otros medios de transporte más sostenibles como la bicicleta, el transporte público y la movilidad a pie.
Zonas de bajas emisiones Madrid
Desde enero de 2022 Madrid activó la zona de bajas emisiones, prohibiendo el acceso al interior de la M-30 de los turismos con etiqueta A, salvo que estuvieran domiciliados en Madrid en el Registro de la DGT y figurasen de alta en el padrón del Impuesto Municipal de Vehículos de Madrid.
Este escenario se ha complicado en cuanto a la restricción a partir del 1 de enero de 2023, ya que dichos vehículos ya no podran circular por la M-30, en 2024 no podrán hacerlo por el resto de la ciudad y en 2025 ningún vehículo A podrá circular por Madrid, aunque estén domiciliados en dicha ciudad.
Hay dos zonas de bajas emisiones de especial protección:
ZBE Distrito Centro (antiguo Madrid Central)
La zona de bajas emisiones del Distrito Centro comprende casi todo el distrito, en el que se encuentran los barrios de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicio, Universidad y Sol y que quedan delimitadas por las siguientes vías: calle Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, calle Carranza, glorieta de Bilbao, calle Sagasta, plaza de Alonso Martínez, calle Génova, plaza de Colón, paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, paseo del Prado, plaza de Cánovas del Catillo, plaza del Emperador Carlos V, ronda de Atocha, ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, ronda de Toledo, glorieta de la Puerta de Toledo, ronda de Segovia, cuesta de la Vega, calle Mayor, calle Bailén, plaza de España, calle Princesa y calle Serrano Jover.
Se permite la circulación de vehículos en todas las calles que componen el perímetro de la ZBE Distrito Centro, así como por los siguientes viales o tramos:
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calle Santa Cruz de Marcenado (de calle Serrano Jover a calle Mártires de Alcalá)
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calle Mártires de Alcalá
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calle Seminario de Nobles
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avenida Gran Vía de San Francisco
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calle Bailén
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calle Algeciras
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cuesta Ramón
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calle Ventura Rodríguez (de calle Princesa a calle Duque de Liria)
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calle Duque de Liria (de calle Ventura Rodríguez a calle Princesa)
ZBE Plaza Elíptica
La Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) “Plaza Elíptica” queda delimitada por las siguientes vías: calle Faro, avenida de Abrantes, calle Portalegre, avenida de Oporto, travesía de Antonia Lancha, calle Santa Lucrecia, calle Antonio Leyva, calle de Arlanza, lateral paseo de Santa María de la Cabeza en sentido entrada a Madrid hasta puente de los Capuchinos, calle Manuel Noya, calle Cerecinos, calle Fornillos, calle Ricardo Beltrán y Rozpide hasta el número 8, avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid, calle Vía Lusitana intersección con calle Faro cruzando el parque de la Emperatriz María de Austria.
Las zonas de bajas emisiones están perfectamente señalizadas a través de señales verticales y líneas rojas horizontales, además hay instaladas señales específicas que indican a los conductores los aparcamientos públicos a los que pueden acceder.
Coches que pueden circular por Madrid
Se establece un calendario para el acceso a Madrid y sus zonas de bajas emisiones:
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1 de enero de 2022, no podrán acceder al interior de la M-30 los vehículos con distintivo medioambiental A, exceptuando los residentes.
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A partir del 1 de enero de 2023, los vehículos con etiqueta A no podrán circular por la M-30.
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A partir del 1 de enero de 2024, se amplía la anterior restricción a todas la vía públicas y urbanas municipales.
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En enero de 2025, ningún vehículo con etiqueta A podrá circular por las vías públicas y urbanas municipales, ni si quiera los residentes, se exceptúa los vehículos que estén adaptados para personas con movilidad reducida, los matriculados como históricos y los de emergencias y fuerzas armadas.
Los vehículos con etiqueta A, son los matriculados antes del 2000, si son de gasolina, o los matriculados antes del 2006, si su combustible es diésel.
No obstante, tenemos que recordar que hay dos zonas de bajas emisiones dentro de Madrid que tienen una especial protección y que por lo tanto también tienen unas normas especiales de acceso.
ZBE Distrito Centro (antiguo Madrid Central)
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Los vehículos con pegatina ambiental 0 o ECO pueden circular libremente por esta zona.
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Los coches con etiqueta B o C solo podrán hacerlo si van a estacionar en un parking publico o con una invitación de un residente.
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Los comerciantes y residentes comparten las mismas condiciones de acceso y aparcamiento.
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Las motocicletas pueden acceder siempre y cuando tenga distintivo ambiental y siempre en horario de 7:00h a 22:00h.
ZBE Plaza Elíptica
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No podrán acceder a la zona los vehículos sin distintivo ambiental.
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Los residentes de los barrios de Abrantes, Opañel y Comillas (Carabanchel), de Morcardó y Zofío (Usera) con vehículos A no se ven afectados por estas restricciones.
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Los vehículos con categoría B y C pueden entrar, estacionar y circular por el interior de la ZBE sin limitaciones.
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Podrán acceder a la zona los vehículos turismos que indiquen las empresas y autónomos cuya actividad se desarrolle en un local u oficina en el interior de ZBE o en un mercadillo municipal.
Etiqueta medioambiental DGT
Es importante recordar que según el combustible que utilice el vehículo, estos se clasifican según una etiqueta medioambiental.
Hay 5 categorías según las emisiones.
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Etiqueta A (sin etiqueta): los vehículos que utilizan gasolina matriculados antes del año 2001 y los diéseles anteriores al 2006.
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Etiqueta B (amarilla): los coches de gasolina matriculados posteriormente al 2001 que cumplen con el Euro III y aquellos vehículos diésel matriculados después de 2006 que cumpla con Euro IV y V.
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Etiqueta C (verde): coches de gasolina que cumplen con Euro IV y que están matriculados después de 2006 y coches diésel que se matricularon después del 2015 y que cumplen con Euro IV y V.
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Etiqueta ECO (azul y verde): todos los vehículos híbridos (gasolina o diésel y eléctricos) que sean enchufables con autonomía eléctrica menor a 40km/h. Los impulsados por gas natural, comprimido o licuado del petróleo y que cumplan con las normas de la etiqueta C.
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Etiqueta Cero Emisiones (azul): los vehículos electrificados que tengan una autonomía superior a los 40km/h, sean eléctricos, híbridos o eléctricos con autonomía extendida.
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Etiqueta V-26 o distintivo de vehículo de uso compartido (azul): con esta etiqueta se distinguen los vehículos VTC y actúa como etiqueta de cero emisiones.
Multas por acceder a las zonas de bajas emisiones en Madrid
Hasta el 21 de marzo de 2022 la sanción económica por acceder o circular por la ZBE del Distrito Centro con un vehículo no autorizado, o durante las restricciones por protocolo de alta contaminación será de 90€ por considerarse una infracción leve, pero con la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico, estas sanciones pasan a considerarse infracciones graves, llevando aparejada una sanción económica de 200 €.
Ahora bien, esta normativa estatal que intenta unificar criterios no impide que los Ayuntamientos mantengan su potestad para aplicar la cuantía que consideren oportuna según su regulación municipal.
Estas sanciones, solo se podrán recurrir en determinados casos y bajo determinadas circunstancias, para ello es mejor contar con especialistas que te asesorarán de las posibilidades de éxito y sobre las alegaciones más convenientes.
Maribel Muñoz Villas – Coordinadora Europea de Movilidad
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